Revisado el 30 de septiembre de 2026
Retrasos, cancelaciones y overbooking: tus derechos al volar desde España
Compensaciones de 250, 400 o 600 €, asistencia en el aeropuerto y cómo reclamar paso a paso, según el Reglamento (CE) 261/2004.
Si tu vuelo sale de un aeropuerto español, estás protegido por el Reglamento (CE) n.º 261/2004, la norma europea de derechos de los pasajeros aéreos. Da igual la aerolínea: se aplica a todos los vuelos que salen de la Unión Europea y también a los que llegan a la UE desde fuera cuando los opera una aerolínea europea.
Cuánto te pueden compensar
La compensación depende de la distancia del vuelo, no del precio que pagaste por el billete:
| Distancia del vuelo | Compensación |
|---|---|
| Hasta 1.500 km | 250 € |
| Más de 1.500 km dentro de la UE, o entre 1.500 y 3.500 km | 400 € |
| Más de 3.500 km (fuera de la UE) | 600 € |
En los vuelos de más de 3.500 km, si llegas con un retraso de entre 3 y 4 horas, la aerolínea puede reducir la compensación a la mitad (300 €).
¿Cuándo tienes derecho a ella?
- Retraso: si llegas a tu destino final con tres horas o más de retraso.
- Cancelación: salvo que te avisaran con más de 14 días de antelación, o con menos antelación si te ofrecen un vuelo alternativo que sale y llega dentro de los márgenes de tiempo que fija el artículo 5 del Reglamento.
- Denegación de embarque (overbooking): si no te dejan embarcar contra tu voluntad teniendo una reserva confirmada y presentándote a tiempo.
La aerolínea no tiene que compensarte si demuestra que hubo circunstancias extraordinarias que no pudo evitar aunque tomara todas las medidas razonables. Según la Comisión Europea, los problemas técnicos detectados en el mantenimiento habitual y las huelgas de la propia plantilla de la aerolínea no cuentan como circunstancias extraordinarias.
Asistencia mientras esperas
Aunque no haya compensación, si tu vuelo se retrasa o se cancela la aerolínea debe atenderte en el aeropuerto: comida y bebida en proporción a la espera, dos llamadas o mensajes, y alojamiento con traslado si tienes que pasar la noche. Guarda todos los tiques si pagas algo tú.
Cómo reclamar, paso a paso
- Reclama primero a la aerolínea, por escrito y guardando copia. Indica el número de vuelo, la fecha, la reserva y lo que solicitas.
- Si no te responde en un mes o no estás de acuerdo, puedes reclamar gratis ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) por su procedimiento de resolución alternativa de litigios, disponible para vuelos desde el 2 de junio de 2023. Según AESA, su decisión es vinculante para la aerolínea.
- Si la aerolínea no cumple la decisión, puedes pedir su ejecución ante los tribunales.
Cambios en camino
En junio de 2026 el Parlamento Europeo y el Consejo acordaron revisar el Reglamento 261/2004. Según la Comisión Europea, se mantienen el umbral de tres horas y las compensaciones de 250, 400 y 600 €, y las nuevas normas se aplicarán 12 meses después de publicarse en el Diario Oficial de la UE. Hasta entonces, todo lo anterior sigue vigente tal como se explica aquí.
Esta guía resume la normativa con fines informativos. Para un caso concreto, consulta las fuentes oficiales enlazadas o a AESA.