Revisado el 30 de septiembre de 2026

Descuento de residente del 75 % en vuelos: quién puede usarlo y cómo

Requisitos de nacionalidad y residencia, trayectos bonificados y cómo acreditar la residencia con el sistema SARA o el certificado de empadronamiento.

Si vives en Canarias, Illes Balears, Ceuta o Melilla, puedes tener derecho a una bonificación del 75 % en el precio de los vuelos regulares entre tu comunidad o ciudad de residencia y el resto de España. Es una subvención del Estado regulada por el Real Decreto 1316/2001 y gestionada por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

Quién puede usarlo

Según el Ministerio de Transportes, tienen derecho al descuento las personas empadronadas en Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla que sean:

  • de nacionalidad española, de otro país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza;
  • de otros países, si son familiares de ciudadanos de la UE con derecho de residencia o de residencia permanente;
  • de otros países, si tienen residencia de larga duración.

El Ministerio detalla también los casos de las personas británicas acogidas al Acuerdo de Retirada, con asilo o protección subsidiaria, y apátridas.

En qué vuelos se aplica

La bonificación se aplica a los vuelos regulares con origen o destino en la comunidad o ciudad autónoma donde resides y el resto del territorio nacional. No se aplica a vuelos internacionales.

Para los residentes en Ceuta, el descuento se aplica al tramo aéreo de un trayecto directo que combine barco y avión cuando el vuelo sale o llega a Málaga, Jerez o Sevilla.

Cómo se acredita la residencia

  1. Al comprar el billete, la aerolínea o la agencia comprueba tu residencia de forma telemática con el sistema SARA del Ministerio, usando tu documento de identidad.
  2. Si la validación SARA no es positiva, tendrás que demostrar tu residencia en la facturación o el embarque con un certificado de empadronamiento del ayuntamiento que contenga los datos del anexo I del Real Decreto 1316/2001.

Lleva siempre el documento con el que compraste el billete: DNI o pasaporte si eres de la UE, o la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) que acredite la residencia de larga duración o permanente. Sin la documentación correcta, la aerolínea puede no dejarte usar el billete bonificado.

Esta guía resume la información publicada por el Ministerio de Transportes. Las condiciones pueden cambiar: consulta siempre las fuentes oficiales antes de comprar.

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